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Equipo P. Livez

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SCJN reanuda plazos procesales

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), un acuerdo mediante el cual la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reanuda los plazos procesales suspendidos desde el 18 de marzo de 2020. 

Dicho acuerdo, menciona que a partir del 3 de agosto de 2020 se levanta la suspensión de plazos en los asuntos de la competencia de este Alto Tribunal, implicando así la reanudación de los plazos en el punto en que quedaron pausados y no su reinicio.

En los asuntos de la competencia de la SCJN podrá promoverse por vía electrónica mediante el uso de la FIREL o de la e. Firma en términos de lo previsto en los Acuerdos Generales 8/2020 y 9/2020, incluso en los asuntos formados antes del 1º de junio de 2020, respecto de los cuales no se establecía la obligación de integrar expediente electrónico. Las demandas y promociones podrán presentarse, incluso en días inhábiles, por vía electrónica en el Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 

Así mismo, menciona que para los efectos previstos en la legislación que rige los asuntos de la competencia de la SCJN hasta el 31 de agosto de 2020, las notificaciones realizadas por lista o por rotuló electrónico visible en el Portal de Internet de este Alto Tribunal, tendrán los mismos efectos que las llevadas a cabo mediante la publicación en los estrados de las listas y de los rótulos impresos. Las situaciones no previstas en el presente Acuerdo General serán resueltas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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