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Equipo P. Livez

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Fue publicado en la Gaceta de la Ciudad de México el Acuerdo por el que se suspenden los términos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos y trámites ante la Administración Pública de la Ciudad de México.

Dicho acuerdo indica que con la finalidad de prevenir la propagación del COVID–19 así como el de garantizar la seguridad sanitaria de la población y personal administrativo, la suspensión de términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México se reanudarán a partir del 10 de agosto de 2020.

No obstante, se podrán solicitar trámites en materia de desarrollo urbano, construcción y sector inmobiliario, así como las necesarias para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos, como expedición de certificados de existencia o inexistencia de gravámenes vía telemática y constancias de folios, constancias de adeudos de predial y agua, certificados únicos de zonificación de uso de suelo, sábanas para acreditar el valor catastral, registro de avalúos comerciales en SIGAPRED, consulta de instrumentos notariales y expedición de copias certificadas y testimonios, apostilla y/o legalización de documentos, para los cuales será necesario contar con una cita previamente.

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