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Competencia del Juicio Ordinario Mercantil ante multiplicidad de administraciones.

El pasado 17 de septiembre de 2021 se publicó una Tesis Aislada (civil) en el Semanario Judicial de la Federación, la cual habla sobre la autoridad encargada de conocer de un juicio ordinario mercantil cuando se tienen diversas administraciones o establecimientos.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señala que, a consideración del artículo 1104 del Código de Comercio se contemplan diversas circunstancias para determinar a cargo de que autoridad será llevado el juicio ordinario mercantil, es decir, las personas físicas y morales que cuenten con establecimientos mercantiles en diferentes entidades federativas, en un litigio ordinario mercantil podrán elegir ante qué Juez quieren tramitar su demanda, se podrá iniciar el litigio en cualquier entidad en la que tengan un establecimiento.

En este orden de ideas, es importante aclarar las dudas que podría presentarse al contar con varios establecimientos, evitando que sea un obstáculo o que se convierta en un conflicto que provoque evadir o postergar un juicio ordinario mercantil.

Los hechos que motivaron la discusión consisten en que  una persona moral demando a otra persona moral en un juicio ordinario mercantil; la demandada en su contestación, expreso que el Juez no era competente para conocer del juicio, sin embargo, no procedió y se declaró competente al Juez de Primera Instancia; por lo que, la demandada promovió un amparo directo en el que reclamo que el artículo 1104 del Código de Comercio vulnera el principio de seguridad jurídica, es decir, no le permitió tener certeza de lo que le pedía la ley porque no define cuál es el domicilio que debe ser considerado como el de la administración de la persona moral.

Dicha información se encuentra disponible en el siguiente enlace:

https://bj.scjn.gob.mx/doc/tesis/prS09HsBNHmckC8LSmkN/*%20

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