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La Suprema Corte prioriza el reciclaje en uso de suelo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una tesis, a través de su boletín semanal, en relación al Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo Digital. En esta tesis, se hace referencia a un caso en el que una autoridad verificadora, el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México (INVEA), clausuró un establecimiento que comercializaba y reciclaba vidrio debido a que su actividad de reciclaje no estaba contemplada en el certificado de uso del suelo correspondiente.

Sin embargo, después de diversos procesos legales, el Tribunal Colegiado de Circuito determinó que en casos similares, en los que un establecimiento mercantil lleva a cabo actividades de reciclaje que no están contempladas en el certificado de uso del suelo, la autoridad verificadora debe considerar que estas actividades están contribuyendo a la protección del medio ambiente. Por lo tanto, la autoridad verificadora deberá hacer una excepción y permitir el libre funcionamiento del establecimiento ya que la protección del medio ambiente es de suma importancia y el reciclaje es una actividad altamente beneficiosa en este sentido.

El criterio presente se puede consultar en: https://sjfsemanal.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2026156

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