EquipoLegal Livez

Share

El día de hoy, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, publicó el Decreto por el que se abroga el Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal publicado el 15 de agosto de 2011 y se expide el nuevo Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México. 

Este nuevo ordenamiento establece disposiciones que garantizan el ordenamiento integral de la publicidad exterior en la capital mediante la aplicación de herramientas legales y administrativas que garanticen el derecho de la ciudadanía al paisaje urbano y a espacios públicos seguros y libres de contaminación visual mediante la fijación de los medios publicitarios permitidos y prohibidos, las obligaciones de los titulares de licencias, permisos y autorizaciones de medios publicitarios, así como las sanciones a todas las infracciones en la materia. 

El cambio más notorio en el presente reglamento son los requisitos para el otorgamiento de Licencias, Permisos o Autorizaciones para medios publicitarios, ya que anteriormente únicamente se solicitaban 5 requisitos básicos para su otorgamiento, y con la nueva disposición aumentó a 14 el número de requisitos, destacando que ahora será necesario proporcionar las dimensiones, póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, hacer una integración de expediente técnico del medio publicitario, entre otros cambios. 

A su vez, a la instalación de medios publicitarios se le anexaron nuevas disposiciones, ya que anteriormente aquellos medios publicitarios con iluminación únicamente podían contar con una iluminación directa de hasta 600 luxes siempre que su reflejo a los automovilistas y peatones no excediera de 50 luxes. Con la nueva reforma este criterio prevalece, pero ya se hace mención de que dichos anuncios no deberán contar con colores blancos al 100% y la prohibición de la instalación de luz led tipo neón.

Dicho lo anterior, es importante que todos aquellos empresarios, titulares de establecimientos mercantiles y público en general tomen en cuenta los nuevos requisitos y disposiciones en materia de publicidad exterior con el fin de no incurrir en alguna de las nuevas disposiciones que contiene el Reglamento y ser acreedor a una de las nuevas sanciones.  

Dicha información se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/5851a92ff6ad9b6f2ec1a7e973226871.pdf

Editor's Pick

Typ Mi Negocio es parte de Plataforma Livez